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Reclamación de un cargo no reconocido

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Un cargo que usted no hizo aparece en su extracto: una compra online en una web desconocida, una suscripción fantasma, un pago tras un SMS de phishing. La ley es más contundente de lo que los bancos suelen contar: comunicada la operación no autorizada, la entidad debe devolver el dinero antes del final del día hábil siguiente (artículo 45 del Real Decreto-ley 19/2018), y es ella quien tiene que probar que usted autorizó el pago o actuó con negligencia grave, no al revés.

En la práctica, muchas entidades responden con evasivas: «la operación se hizo con su clave», «reclame usted al comercio», «rellene este formulario y espere». Esta carta pone la reclamación en los términos legales exactos: identifica el cargo, declara la falta de autorización, invoca la inversión de la carga de la prueba del artículo 44 y exige la devolución inmediata, con el escalado al Banco de España ya anunciado.

Tiene hasta 13 meses desde el cargo para comunicarlo, pero no los agote: bloquee la tarjeta, reclame el mismo día si puede y envíe esta carta con acuse. La rapidez acredita diligencia y corta cargos posteriores.

Lo que dice la ley: devolución inmediata y carga de la prueba

  • Plazo para comunicar: hasta 13 meses desde el adeudo (artículo 43 del RDL 19/2018). Pasado ese plazo sin aviso, el derecho decae, salvo que el banco no le hubiera facilitado la información de la operación.
  • Devolución inmediata: comunicada la operación no autorizada, el banco devuelve el importe como máximo el día hábil siguiente y restablece la cuenta con fecha de valor correcta (artículo 45). Solo puede retener si tiene motivos razonables para sospechar fraude del propio cliente, y debe comunicarlo por escrito al Banco de España.
  • Carga de la prueba: corresponde al banco demostrar que la operación fue autenticada y autorizada; el simple registro de la operación con sus claves no basta para presumir su autorización ni su negligencia grave (artículo 44).
  • Franquicia máxima de 50 euros: en operaciones con tarjeta extraviada o robada antes de su aviso, usted soporta como mucho 50 euros, y nada en absoluto tras comunicar el extravío, salvo fraude o negligencia grave por su parte (artículo 46).

Phishing y «negligencia grave»: lo que dicen los jueces

Los bancos suelen denegar alegando que la víctima de phishing «facilitó sus claves». Los tribunales españoles vienen rechazando esa negativa en los fraudes elaborados (SMS que suplantan al banco, webs clonadas, llamadas del falso departamento de fraude): caer en un engaño diseñado profesionalmente no es negligencia grave del cliente, y la entidad responde si sus sistemas de autenticación reforzada no detectaron la operación anómala. No acepte la primera negativa como definitiva.

Los pasos correctos, en orden

  1. Bloquee la tarjeta o cambie las claves desde la app o el teléfono de la entidad, y anote fecha y hora del bloqueo.
  2. Denuncie ante la Policía Nacional o la Guardia Civil si hay fraude (phishing, duplicado, robo): no es obligatorio para la devolución, pero desarma la sospecha de fraude propio y suma en el expediente.
  3. Envíe esta carta al servicio de atención al cliente del banco con acuse de recibo. El formulario de la app sirve como primer aviso, pero la carta fija los términos legales y la fecha.
  4. Si en un mes no hay devolución (o la respuesta es negativa), reclame ante el Banco de España con esta carta, la respuesta y la denuncia: el procedimiento es gratuito y en línea.
  5. Queda la vía judicial, donde la jurisprudencia sobre operaciones no autorizadas es marcadamente favorable al cliente diligente.

Un matiz que confunde a muchos: esto no es el «chargeback» de las marcas de tarjeta. El chargeback es un procedimiento privado útil para disputas con comercios (no entrega, doble cobro); la operación no autorizada se rige por la ley de servicios de pago y obliga directamente a su banco, con plazos y carga de la prueba definidos. Esta carta invoca la ley, que es el terreno donde usted es más fuerte.

Después de recuperar el dinero: cerrar la puerta

  • Pida al banco una tarjeta nueva con numeración distinta: el bloqueo no siempre impide reintentos con los datos antiguos en pagos recurrentes.
  • Revise los meses anteriores del extracto: los fraudes de suscripción prueban con microcargos antes del cargo grande, y cada uno es reclamable.
  • Active los avisos de cargo en tiempo real de la app: convierten el plazo de 13 meses en una detección de 13 segundos.
  • Si el cargo procede de una suscripción trampa (periodo de prueba que se renueva), reclame además al comercio la baja y valore el modelo de desistimiento de compra online de esta web.

Preguntas frecuentes

¿Cuánto tarda el banco en devolverme un cargo no autorizado?

La ley no deja margen: de inmediato y, a más tardar, antes del final del día hábil siguiente a su comunicación (artículo 45 del RDL 19/2018). La única excepción es que la entidad tenga motivos razonables para sospechar un fraude del propio cliente, y en ese caso debe comunicarlo por escrito al Banco de España. Las «investigaciones» de semanas sin devolver el dinero no tienen amparo legal.

El banco dice que la operación se hizo con mi clave y no devuelve nada, ¿qué hago?

Recuérdele el artículo 44: el registro de la operación no basta para probar que usted la autorizó ni que fue gravemente negligente; la prueba corresponde al banco. Envíe esta carta si no lo ha hecho, y ante la negativa reclame al Banco de España adjuntando todo. En fraudes de phishing elaborados, tanto el supervisor como los jueces vienen dando la razón a los clientes.

¿Necesito denuncia policial para que me devuelvan el dinero?

No es un requisito del RDL 19/2018: basta comunicar la operación no autorizada. Dicho esto, la denuncia es muy recomendable en fraudes (phishing, tarjeta clonada): acredita su buena fe, desactiva la sospecha de fraude propio que permitiría al banco retener la devolución y es útil si el caso acaba en el Banco de España o el juzgado.

¿Qué pasa con los cargos hechos con mi tarjeta robada antes de que la bloqueara?

Soporta como máximo 50 euros de lo defraudado antes de su aviso (artículo 46), y el resto lo asume el banco. Después de comunicar el robo o extravío, todo cargo es responsabilidad de la entidad. Solo si el banco prueba fraude o negligencia grave suya (por ejemplo, el PIN escrito en la propia tarjeta) respondería usted de más.

¿Y si el cargo es de una compra que hice pero salió mal (no llegó, era falsa)?

Entonces no es una operación «no autorizada» y esta carta no es la herramienta: usted autorizó el pago. Para eso están la reclamación al comercio, el desistimiento de compra online si aplica y el chargeback de la tarjeta por servicios no prestados. Use este modelo solo cuando no reconozca la operación: mezclar ambos supuestos debilita la reclamación.

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