Cerca de un millón de hipotecas españolas, muchas de ellas firmadas con las antiguas cajas de ahorros o vinculadas a viviendas de protección oficial, se referenciaron al IRPH en lugar del euríbor. La diferencia no es menor: por construirse sobre TAE, el IRPH se ha situado históricamente entre 1 y 2 puntos por encima del euríbor, y mientras este cotizó en negativo el IRPH nunca bajó del entorno del 1,5 por ciento. En una hipoteca media, la diferencia acumulada suma miles de euros.
La batalla judicial ha dado varias vueltas: el TJUE confirmó en 2020 que la cláusula IRPH se somete al control de transparencia, y en 2023 precisó que el banco debía poner al alcance del consumidor la información de la Circular 5/1994 del Banco de España, incluida la advertencia de que el índice, al calcularse sobre TAE, exigía considerar un diferencial negativo para compararlo con el mercado. Los juzgados españoles resuelven ya demandas con esa doctrina, caso por caso.
Este generador prepara la reclamación extrajudicial previa: requiere a la entidad la documentación precontractual, invoca la jurisprudencia europea exacta y pide el recálculo con euríbor y la devolución de la diferencia con intereses. Es el paso que documenta su reclamación y presiona a la entidad antes del juzgado.
Modelo de reclamación del irph de la hipoteca (texto completo)
Este es el texto íntegro del modelo genérico. Sustituya los datos entre corchetes por los suyos, o utilice el formulario guiado de esta página para obtener el documento ya personalizado en Word y PDF, con las variantes legales adaptadas a su caso.
[Nombre y apellidos] DNI: [DNI o NIE] [Domicilio a efectos de notificaciones]
[Entidad prestamista] Servicio de Atención al Cliente [Dirección del Servicio de Atención al Cliente]
En [Localidad de la firma], a [Fecha de hoy]
Asunto: Reclamación de nulidad de la cláusula de referenciación al IRPH y devolución de cantidades
Burofax con certificación de contenido o correo certificado
Me dirijo a ustedes en mi condición de parte prestataria del préstamo con garantía hipotecaria formalizado en escritura pública de fecha [Fecha de la escritura del préstamo hipotecario], con número de préstamo [Número del préstamo (opcional)], cuyo tipo de interés variable se referencia a el índice IRPH Entidades (tipo medio de los préstamos hipotecarios a más de tres años del conjunto de entidades).
La cláusula que incorpora dicho índice es una condición general de la contratación que no fue objeto de negociación individual. En su comercialización, la entidad no me facilitó la información exigible para comprender su método de cálculo ni su comportamiento: en particular, no se me explicó que el IRPH se calcula sobre TAE (incluye comisiones y gastos, no solo intereses), que por construcción se sitúa sistemáticamente por encima del euríbor, ni se me entregó la evolución del índice en los años anteriores a la firma, elementos que la Circular 5/1994 del Banco de España consideraba necesarios, incluida la eventual aplicación de un diferencial negativo.
Conforme a la sentencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea de 3 de marzo de 2020 (asunto C-125/18), la cláusula IRPH está sometida al control de transparencia de la Directiva 93/13/CEE; y conforme a su sentencia de 13 de julio de 2023 (asunto C-265/22) y al auto de 17 de noviembre de 2021 (asunto C-655/20), la falta de esa información precontractual es relevante para apreciar el carácter abusivo de la cláusula, cuya declaración de nulidad conlleva la restitución de las cantidades indebidamente percibidas (artículo 6.1 de la Directiva y artículo 83 del texto refundido de la Ley General para la Defensa de los Consumidores y Usuarios).
Por todo lo anterior, SOLICITO: primero, que la entidad me remita copia de la ficha de información precontractual, la oferta vinculante y cuanta documentación acredite la información facilitada sobre el índice en la fase previa a la firma; segundo, que reconozca la nulidad de la cláusula de referenciación al IRPH y recalcule el préstamo aplicando el euríbor más el diferencial pactado, tanto en las cuotas ya abonadas como en las pendientes; y tercero, que abone la diferencia resultante, con el interés legal desde cada cobro, en la cuenta [IBAN para la devolución].
De no recibir respuesta satisfactoria en el plazo de un mes, presentaré reclamación ante el Banco de España y ejercitaré las acciones judiciales que me asisten, con expresa petición de costas: esta reclamación previa documentada impedirá a la entidad eludir la condena en costas mediante un allanamiento posterior.
Firmado:
[Nombre y apellidos]
Por qué la cláusula IRPH puede ser nula
El IRPH es un índice oficial publicado por el Banco de España: lo que se discute no es el índice, sino cómo se vendió. Para superar el control de transparencia, la entidad debía permitir al cliente comprender que el índice se calcula sobre el coste total (TAE) de los préstamos del mercado, que por eso arroja valores sistemáticamente superiores al euríbor, y cómo había evolucionado en los años previos. Sin esa información, el consumidor no pudo comparar ofertas ni valorar la carga económica real del préstamo.
| Resolución | Fecha | Qué estableció |
|---|---|---|
| STJUE C-125/18 (Gómez del Moral) | 3 de marzo de 2020 | La cláusula IRPH se somete al control de transparencia de la Directiva 93/13 |
| Auto TJUE C-655/20 | 17 de noviembre de 2021 | Precisa los criterios de transparencia y las consecuencias de la nulidad |
| STJUE C-265/22 | 13 de julio de 2023 | Relevancia de la Circular 5/1994: información sobre TAE y diferencial negativo |
| STJUE C-300/23 (Kutxabank) | 12 de diciembre de 2024 | El juez nacional debe verificar la información realmente facilitada; refuerza el control |
IRPH Cajas y Bancos desaparecieron en 2013
Si su escritura se referenciaba al IRPH Cajas o al IRPH Bancos, ambos dejaron de publicarse en noviembre de 2013 y su préstamo pasó al índice sustitutivo previsto en la escritura o al IRPH Entidades con el diferencial legal. Ese cambio no sanó la falta de transparencia original: la reclamación sigue siendo posible, también en préstamos ya cancelados.
Cuánto puede recuperar y cómo se calcula
La consecuencia habitual de la nulidad es el recálculo del préstamo con el euríbor más el diferencial pactado en la escritura, devolviendo la entidad la diferencia entre lo pagado con IRPH y lo que se habría pagado con euríbor, con el interés legal desde cada cobro. En un préstamo de 150.000 euros a 30 años firmado en 2005, esa diferencia acumulada se mueve con frecuencia entre 15.000 y 30.000 euros según los periodos y el diferencial. Si el préstamo sigue vivo, además, la cuota baja desde el recálculo.
La reclamación es acumulable con otras cláusulas de la misma escritura: si también le cargaron todos los gastos de formalización, use el modelo de devolución de gastos de hipoteca, y si le cobraron comisión de apertura, la reclamación de la comisión de apertura.
Cómo reclamar el IRPH paso a paso
- Localice en su escritura la cláusula del tipo de interés variable: si menciona el «tipo medio de los préstamos hipotecarios a más de tres años», su hipoteca es IRPH.
- Envíe esta carta al Servicio de Atención al Cliente de la entidad por burofax con certificación de contenido o correo certificado, y conserve el acuse.
- La entidad debe contestar (en general, en el plazo de un mes en reclamaciones de clientes). Si rechaza o no contesta, puede presentar reclamación ante el Banco de España con esta carta como justificante.
- Para la devolución efectiva suele ser necesaria la demanda judicial: los juzgados examinan caso por caso la información precontractual que el banco pueda acreditar. La reclamación previa documentada juega a su favor en las costas.
No firme novaciones sin comparar
Algunas entidades ofrecen pasar el préstamo a tipo fijo o a euríbor a cambio de renunciar a acciones. Antes de firmar, pida el cálculo de lo pagado de más desde la firma: una renuncia sin conocer las cantidades en juego puede ser a su vez no transparente, pero le complicará la reclamación. Compare siempre la oferta con el importe total reclamable.
Preguntas frecuentes
¿Cómo sé si mi hipoteca está referenciada al IRPH?
Busque en la escritura la cláusula del tipo de interés variable: el IRPH aparece como «tipo medio de los préstamos hipotecarios a más de tres años, para adquisición de vivienda libre», de las cajas, de los bancos o del conjunto de entidades. También lo verá en los recibos de la cuota como índice de referencia. Es frecuente en hipotecas de antiguas cajas de ahorros y en viviendas de protección oficial.
¿Qué diferencia hay entre reclamar el IRPH y la cláusula suelo?
La cláusula suelo es un tipo mínimo que se añade al índice; el IRPH es el propio índice de referencia. La reclamación de suelo cuenta con el cauce específico del Real Decreto-ley 1/2017 y una doctrina muy consolidada; la del IRPH se apoya en la jurisprudencia europea de 2020 a 2024 y se resuelve caso por caso según la información que el banco acredite haber dado. Ambas pueden coexistir en la misma escritura y reclamarse a la vez.
¿Qué se aplica a mi préstamo si la cláusula IRPH es nula?
El criterio mayoritario es sustituir el IRPH por el euríbor más el diferencial pactado y condenar a devolver la diferencia con el interés legal desde cada cobro. En algunos supuestos se ha discutido incluso el préstamo sin interés cuando no cabe integración, cuestión que el TJUE ha dejado en manos del juez nacional. En todo caso, la devolución alcanza todas las cuotas afectadas, también en préstamos cancelados.
¿Prescribe la reclamación del IRPH?
La acción de nulidad es imprescriptible. En cuanto a la restitución de cantidades, la doctrina del TJUE (sentencia de 25 de abril de 2024, asuntos C-484/21 y C-561/21) impide que el plazo corra mientras el consumidor no haya podido conocer el carácter abusivo de la cláusula, lo que en la práctica neutraliza la mayoría de las excepciones de prescripción. Aun así, reclamar por escrito cuanto antes interrumpe cualquier plazo y fija la fecha.
¿Merece la pena reclamar si los tribunales resuelven caso por caso?
Sí, empezando por esta carta, que es gratuita y le obliga a la entidad a retratarse: debe localizar su expediente y acreditar qué información precontractual le dio. Muchas entidades ofrecen acuerdos (paso a fijo, quitas) antes que litigar tras la STJUE de 2024. Con la respuesta del banco en la mano podrá decidir, ya con cifras, si acude al Banco de España, acepta un acuerdo o presenta demanda.