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Certificado de nacimiento (Registro Civil)

Guía para cumplimentar la solicitud de certificación de nacimiento

Guía verificada y actualizada el 17 de agosto de 2026

Página informativa. El impreso oficial se cumplimenta por el propio interesado y se presenta ante el Registro Civil donde está inscrito el nacimiento. ModeloFácil no está afiliado a ninguna administración pública y no realiza este trámite en su nombre.

El certificado de nacimiento es el documento con el que el Registro Civil da fe del nacimiento de una persona: fecha, hora y lugar, sexo y filiación. Lo exigen trámites tan variados como la expedición del primer DNI o pasaporte, los expedientes de matrimonio y de nacionalidad, las herencias, las pensiones o la inscripción escolar en algunos países.

La certificación es gratuita: el Registro Civil no cobra tasa alguna por expedirla, sea cual sea la vía de solicitud. Desconfíe de las webs que cobran por conseguirla; lo que ofrece esta página es una guía para cumplimentar usted mismo la solicitud oficial.

Esta guía explica los tipos de certificado (extracto, literal, plurilingüe y negativo), los datos que hay que consignar en la solicitud y las vías para presentarla.

Tipos de certificado de nacimiento

  • Extracto: resumen de los datos esenciales de la inscripción. Puede ser ordinario (en castellano), bilingüe (castellano y lengua cooficial) o plurilingüe, este último pensado para surtir efecto en los países del Convenio de Viena sin necesidad de traducción.
  • Literal: copia íntegra de la inscripción, con todas las menciones y anotaciones marginales (adopciones, cambios de nombre, nacionalidad). Es el que exigen el DNI inicial, la nacionalidad o los expedientes matrimoniales.
  • Negativo: acredita que un nacimiento no está inscrito en ese registro concreto.

Antes de pedirlo, compruebe qué tipo exige el organismo de destino: pedir un extracto cuando exigen el literal es la causa más frecuente de tener que repetir la solicitud.

Qué datos se consignan en la solicitud

  1. Datos del inscrito: nombre y apellidos al nacer, fecha y lugar de nacimiento y nombre de los padres. Si conoce el tomo y la página de la inscripción (figuran en el libro de familia), inclúyalos: agilizan mucho la búsqueda.
  2. Registro Civil competente: el del municipio donde se inscribió el nacimiento, que es normalmente el del lugar donde ocurrió. Los nacimientos de españoles en el extranjero se piden al Registro Civil Central o al consulado que practicó la inscripción.
  3. Tipo de certificado: extracto (y su modalidad), literal o negativo, y el número de copias.
  4. Datos del solicitante y finalidad: nombre, documento de identidad, teléfono o correo de contacto y motivo de la petición.

¿Quién puede pedirlo?

Cualquier persona con interés puede pedir la certificación, salvo los casos con publicidad restringida (adopción, filiación no matrimonial y otros supuestos protegidos), en los que solo el inscrito o sus autorizados pueden obtener el dato reservado.

Cómo se presenta la solicitud

  • En línea: desde la sede electrónica del Ministerio de Justicia, con o sin certificado digital según el registro. Si la inscripción está informatizada, algunos registros permiten descargar el certificado electrónico al instante; en el resto, se envía por correo postal al domicilio indicado.
  • Presencial: en el propio Registro Civil (o el juzgado de paz en municipios pequeños), presentando el documento de identidad. Muchos registros exigen cita previa.
  • Por correo: carta al Registro Civil competente con los datos del apartado anterior y una dirección de envío; el certificado se remite gratuitamente por correo.

Los plazos varían mucho según el registro y el estado de digitalización de la inscripción: desde la descarga inmediata hasta varias semanas en registros con mucho volumen o con libros antiguos sin digitalizar.

Uso en el extranjero y vigencia

Para presentar el certificado ante autoridades extranjeras, pida directamente el extracto plurilingüe si el país es parte del Convenio de Viena: evita la traducción jurada. Fuera de esos casos, el certificado literal suele requerir apostilla de La Haya y traducción. Dentro de la UE, el reglamento de documentos públicos permite acompañar el certificado de un impreso estándar multilingüe que también evita la traducción.

Caducidad práctica

La certificación no caduca por ley, pero refleja el contenido del registro en la fecha de expedición. La mayoría de los organismos exigen que tenga menos de tres o seis meses; solicítela cerca de la fecha del trámite de destino.

Preguntas frecuentes

¿El certificado de nacimiento es gratuito?

Sí, totalmente: la expedición y el envío postal por el Registro Civil no tienen coste, por cualquiera de las vías oficiales. Los portales privados que cobran solo rellenan por usted una solicitud que puede cumplimentar en pocos minutos.

¿Qué diferencia hay entre extracto y literal?

El extracto resume los datos esenciales (quién, cuándo, dónde y de quién es hijo). El literal reproduce íntegramente la inscripción con todas sus anotaciones marginales. Si el organismo de destino no especifica, el literal es la opción segura porque contiene toda la información.

Nací en el extranjero, ¿dónde pido mi certificado?

Si el nacimiento se inscribió en un consulado español, la certificación se pide al Registro Civil Central en Madrid o al propio consulado. Si usted no es español y nació fuera de España, el documento lo expide la autoridad de su país de nacimiento, no el Registro Civil español.

¿Puedo pedir el certificado de otra persona?

Con carácter general sí, porque el Registro Civil es público: puede pedir el de un familiar aportando sus datos de inscripción. Las excepciones son los datos con publicidad restringida (adopción, rectificaciones de sexo, filiación desconocida), que solo se entregan al inscrito o con autorización especial.

¿Cuánto tarda en llegar?

Si la inscripción está digitalizada y pide el certificado electrónico, la descarga puede ser inmediata. Por correo, el plazo habitual va de una a varias semanas según el registro. Para trámites con fecha (bodas, oposiciones, nacionalidad), pida el certificado con margen pero sin adelantarse tanto que caduque a efectos prácticos.

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