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Modelos oficialesModelo 790-012

Modelo 790 código 012 (tasas de extranjería)

Guía para cumplimentar el impreso de tasas de los trámites policiales de extranjería

Guía verificada y actualizada el 17 de agosto de 2026

Página informativa. El impreso oficial se cumplimenta por el propio interesado y se presenta ante la oficina policial o de extranjería donde realiza el trámite, tras pagar la tasa en una entidad bancaria colaboradora. ModeloFácil no está afiliado a ninguna administración pública y no realiza este trámite en su nombre.

El modelo 790 código 012 es el impreso oficial de autoliquidación de las tasas por los trámites de extranjería que gestiona la Dirección General de la Policía: asignación de NIE, expedición y renovación de la tarjeta de identidad de extranjero (TIE), certificado de registro de ciudadano de la Unión, certificados de residente o no residente, cartas de invitación y otros. Casi todos los expedientes de extranjería empiezan por pagar esta tasa.

El 790 es un modelo de tasa genérico de la Administración General del Estado; el código 012 identifica las tasas policiales de extranjería. No debe confundirse con otros códigos del mismo modelo 790: el código 052 corresponde a las tasas de las Oficinas de Extranjería (autorizaciones de residencia) y el código 006, por ejemplo, a certificados del Ministerio de Justicia.

Esta guía explica cómo generar el impreso con su código de barras, qué apartado marcar según el trámite, cómo pagarlo y qué hacer con el justificante.

Cómo generar el impreso 790-012

El impreso no se fotocopia: se genera individualmente, con un número de justificante y un código de barras únicos, desde la sede electrónica de la Policía Nacional (apartado de tasas de extranjería). Se cumplimenta en pantalla, se descarga en PDF con tres ejemplares (para la administración, para el interesado y para la entidad colaboradora) y se imprime para pagarlo. También lo facilitan en papel las propias oficinas policiales.

Un impreso por persona y por trámite

La tasa es personal: cada solicitante, incluidos los menores, necesita su propio 790-012 con sus datos. Un impreso pagado para un trámite no sirve para otro distinto.

Cómo cumplimentar el impreso paso a paso

  1. Identificación: NIE si ya lo tiene o número de pasaporte si aún no, apellidos y nombre, domicilio completo en España o en el extranjero.
  2. Autoliquidación: marque la casilla del trámite exacto. Las más habituales son la asignación de NIE a instancia del interesado, los certificados de registro de residente comunitario, la TIE que documenta la primera autorización o sus renovaciones y los certificados de residente o no residente.
  3. Importe: el formulario en línea calcula el importe vigente según la casilla marcada; si rellena el impreso a mano, consulte la tabla de cuantías publicada junto al propio modelo.
  4. Declarante: localidad, fecha y firma. En los menores firma el padre, la madre o el tutor, indicando su propia identidad.

Revise dos veces la casilla del trámite: es el error más común. Si paga una casilla equivocada, la oficina puede rechazar el justificante y tendrá que pagar de nuevo y pedir la devolución de lo ingresado indebidamente.

Cómo se paga la tasa

Con el impreso ya generado, el pago se hace en España en cualquier banco colaborador en la recaudación de tasas del Estado: en ventanilla, en los cajeros que leen el código de barras o, en algunas entidades, desde la banca en línea. El banco valida el ejemplar o entrega un justificante mecanizado. Algunos trámites admiten también el pago telemático con tarjeta o cargo en cuenta al presentar la solicitud electrónicamente.

Desde el extranjero

Si el trámite se inicia en un consulado (por ejemplo, un NIE con el EX-15 presentado fuera de España), la tasa se abona según las instrucciones de la propia oficina consular, que puede aplicar su propio procedimiento de pago en moneda local.

Después del pago: el justificante

Conserve el ejemplar para la administración sellado o validado por el banco: es el documento que se adjunta a la solicitud, por ejemplo al EX-15 de solicitud de NIE o al EX-18 de registro de ciudadano de la UE. Sin justificante de pago, la oficina no tramita el expediente ni expide el documento.

El pago de la tasa no caduca de un día para otro, pero conviene utilizarlo en un plazo razonable y siempre para el trámite exacto que se marcó. Si el trámite no llega a realizarse por causa no imputable a usted, puede solicitarse la devolución de ingresos indebidos ante la administración gestora.

Preguntas frecuentes

¿Cuánto cuesta la tasa del 790-012?

Depende de la casilla: cada trámite (NIE, certificado de registro, TIE inicial, renovaciones, duplicados) tiene su cuantía propia, que se actualiza periódicamente. El formulario en línea de la Policía muestra el importe vigente al marcar la casilla; tome ese dato como referencia y no importes de años anteriores.

¿Puedo pagar la tasa por otra persona?

El ingreso en el banco puede hacerlo cualquiera, pero el impreso debe ir a nombre del interesado del trámite, con sus datos y su firma (o la de su representante legal si es menor). Lo que identifica al expediente es el titular del impreso, no quien pasa por caja.

¿Qué diferencia hay entre el código 012 y el código 052?

Ambos son tasas de extranjería, pero de organismos distintos: el 012 cubre los trámites de la Dirección General de la Policía (NIE, TIE, registro UE, certificados) y el 052 las autorizaciones que resuelven las Oficinas de Extranjería (residencia, trabajo, prórrogas). Cada solicitud indica qué código exige; en caso de duda, confírmelo antes de pagar.

¿Me pueden devolver la tasa si no hago el trámite?

Si el servicio no llegó a prestarse por causa que no le sea imputable, puede pedir la devolución de ingresos indebidos con el justificante de pago. Si el trámite se denegó tras examinarse la solicitud, la tasa no se devuelve: grava la tramitación, no el resultado.

¿El justificante del banco sustituye al impreso?

Lo habitual es presentar el propio ejemplar del 790-012 validado con el sello o la impresión mecánica del banco. Si pagó por cajero o banca en línea, adjunte el resguardo de la operación junto con el impreso. Ante la duda, lleve ambos documentos a la cita.

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