La relación laboral del servicio del hogar familiar tiene una forma de extinción propia: el desistimiento del empleador. No es un despido disciplinario ni objetivo, pero desde la reforma de 2022 ya no es libre: el Real Decreto-ley 16/2022 exige una causa justificada, comunicación escrita, preaviso e indemnización simultánea de 12 días por año. Un desistimiento mal documentado se convierte en despido improcedente, con indemnización de 33 días por año.
Este generador redacta la carta con todos los requisitos legales: la causa del artículo 11.2 del RD 1620/2011 con su explicación concreta, la fecha de efectos con el preaviso correcto, la puesta a disposición de la indemnización y la mención a la liquidación y al certificado de empresa.
Si la trabajadora está dada de alta con contrato escrito, tenga a mano el contrato de trabajo indefinido firmado. Para acreditar el tiempo de servicio puede emitirle después un certificado de antigüedad laboral.
Modelo de carta de desistimiento de empleada de hogar (texto completo)
Este es el texto íntegro del modelo genérico. Sustituya los datos entre corchetes por los suyos, o utilice el formulario guiado de esta página para obtener el documento ya personalizado en Word y PDF, con las variantes legales adaptadas a su caso.
[Nombre y apellidos] DNI/NIE: [DNI o NIE] [Domicilio del hogar familiar]
[Nombre y apellidos] DNI/NIE: [DNI o NIE]
En [Hecho en (localidad)], a [Fecha de hoy]
Asunto: Comunicación de desistimiento del contrato de servicio del hogar familiar (artículo 11.3 del RD 1620/2011)
Estimada señora:
Por medio de la presente le comunico, en mi condición de titular del hogar familiar sito en [Domicilio del hogar familiar] y empleador en la relación laboral de carácter especial del servicio del hogar familiar que nos une desde el [Fecha de inicio de la relación laboral], mi decisión de extinguir dicho contrato por DESISTIMIENTO, al amparo del artículo 11.3 del Real Decreto 1620/2011, de 14 de noviembre, en la redacción dada por el Real Decreto-ley 16/2022, de 6 de septiembre.
La causa del desistimiento es la disminución de los ingresos de la unidad familiar y el incremento de sus gastos por circunstancia sobrevenida (artículo 11.2.a del Real Decreto 1620/2011). En concreto: [Explicación de la causa]
La extinción surtirá efectos el día [Fecha de efectos de la extinción (último día trabajado)], que será su último día de trabajo.
Conforme al citado artículo 11.3, pongo a su disposición simultáneamente a esta comunicación la indemnización legal de doce días naturales de salario por año de servicio, con el límite de seis mensualidades, que asciende a [Indemnización puesta a disposición (euros)] euros, mediante transferencia bancaria a la cuenta en la que viene percibiendo su salario, ordenada en el día de hoy. Junto a ella se abonará la liquidación de las partes proporcionales de pagas extraordinarias y vacaciones devengadas y no disfrutadas.
Le agradezco sinceramente los servicios prestados durante este tiempo. Quedo a su disposición para entregarle el certificado de empresa y cuantos documentos precise para la solicitud de las prestaciones que pudieran corresponderle.
Le ruego firme el duplicado de esta carta a los solos efectos de acreditar su recepción. Atentamente,
Firmado:
[Nombre y apellidos]
Requisitos del desistimiento tras la reforma de 2022
Hasta 2022 el empleador podía desistir sin causa. La sentencia del Tribunal de Justicia de la UE de 24 de febrero de 2022 (C-389/20) y el RD-ley 16/2022 cambiaron el régimen: el desistimiento exige ahora causa justificada, forma escrita y simultaneidad del pago. Las causas legales son tres: disminución de ingresos o incremento de gastos de la familia, modificación sustancial de las necesidades del hogar y pérdida de confianza razonable y proporcionada.
| Requisito | Contenido |
|---|---|
| Forma | Comunicación escrita con expresión clara de la causa |
| Preaviso | 20 días si la relación duró más de 1 año; 7 días en otro caso (sustituible por salario) |
| Indemnización | 12 días de salario por año de servicio, tope de 6 mensualidades, puesta a disposición simultánea |
| Liquidación | Pagas extra y vacaciones devengadas y no disfrutadas |
| Trámites | Baja en la Seguridad Social en 3 días y certificado de empresa para el SEPE |
Sin carta o sin pago simultáneo, es despido improcedente
Si falta la comunicación escrita con la causa o la indemnización no se pone a disposición junto con la carta, se presume que la extinción es un despido, con indemnización de 33 días por año y posible condena tras la papeleta de conciliación. Durante el embarazo o tras solicitar permisos de conciliación, la extinción puede además declararse nula.
Cómo calcular la indemnización y el preaviso
El salario diario se obtiene dividiendo el salario bruto anual (incluidas las pagas extraordinarias y, en su caso, la valoración del salario en especie por alojamiento o manutención, que no puede superar el 30% del total) entre 365. La indemnización es ese salario diario multiplicado por 12 y por los años de servicio, prorrateando por meses los periodos incompletos. Ejemplo: 4 años y 6 meses con salario mensual de 1381,33 euros con prorrata dan un salario diario de 45,41 euros y una indemnización de 2452,14 euros (45,41 x 12 x 4,5).
El preaviso es de 20 días naturales si la relación superó el año y de 7 días en caso contrario. Puede sustituirse, total o parcialmente, por una compensación equivalente a los salarios de los días omitidos. Durante el preaviso, la persona trabajadora a jornada completa tiene derecho a una licencia retribuida de 6 horas semanales para buscar nuevo empleo.
Después de la carta: Seguridad Social, SEPE y documentación
- Comunique la baja en el Sistema Especial de Empleados de Hogar dentro de los 3 días naturales siguientes al cese, por el portal Importass de la Seguridad Social.
- Entregue el certificado de empresa: desde octubre de 2022 las empleadas de hogar cotizan por desempleo y pueden solicitar el paro ante el SEPE.
- Documente los pagos: transferencia identificada o recibo firmado de la indemnización y de la liquidación.
- Conserve la copia de la carta firmada por la trabajadora o, si se niega a firmar, entréguela ante dos testigos o por burofax.
Referencias legales
Real Decreto 1620/2011, de 14 de noviembre, por el que se regula la relación laboral de carácter especial del servicio del hogar familiar: artículos 11.2 y 11.3 (extinción y desistimiento). Real Decreto-ley 16/2022, de 6 de septiembre (causas del desistimiento y protección por desempleo). Estatuto de los Trabajadores, de aplicación supletoria.
Preguntas frecuentes
¿Puedo desistir sin dar ninguna explicación, como antes de 2022?
No. Desde el Real Decreto-ley 16/2022 el desistimiento debe fundarse en una de las tres causas del artículo 11.2 del RD 1620/2011 y la carta debe expresarla de modo claro e inequívoco. Un desistimiento sin causa o con una fórmula vacía se trata como despido improcedente, con indemnización de 33 días por año en lugar de 12. Dedique dos frases a concretar los hechos: es la parte más importante de la carta.
¿Qué diferencia hay entre desistimiento y despido de una empleada de hogar?
El desistimiento es la vía específica de esta relación especial: causa del artículo 11.2, preaviso e indemnización de 12 días por año con tope de 6 mensualidades. El despido disciplinario exige un incumplimiento grave y culpable y, si no se prueba, la improcedencia cuesta 20 días por año con tope de 12 mensualidades en esta relación especial. En la práctica, el desistimiento bien documentado es la vía más segura para el empleador cuando no hay una falta grave.
¿Tengo que pagar la indemnización el mismo día que entrego la carta?
Sí: la norma exige la puesta a disposición simultánea a la comunicación. Ordene la transferencia el mismo día o entregue el pago con la carta contra recibo. La única excepción admitida es la imposibilidad económica sobrevenida cuando la causa es precisamente la disminución de ingresos: aun así, documente el calendario de pago propuesto. La falta de simultaneidad es el defecto que más desistimientos convierte en despidos en los juzgados.
¿La empleada de hogar cobra paro tras el desistimiento?
Sí, si reúne el periodo de cotización: desde el 1 de octubre de 2022 el Sistema Especial de Empleados de Hogar cotiza por desempleo. El desistimiento es situación legal de desempleo, por lo que debe entregarle el certificado de empresa (o remitirlo al SEPE) para que pueda solicitar la prestación en los 15 días hábiles siguientes al cese.
¿Puedo desistir durante el periodo de prueba?
Durante el periodo de prueba (máximo 2 meses en esta relación especial) cualquiera de las partes puede resolver el contrato sin causa, sin preaviso especial más allá del pactado (máximo 7 días) y sin indemnización. Pasado el periodo de prueba, la única vía sin falta grave es el desistimiento causal de esta carta. Compruebe que el periodo de prueba figuraba por escrito en el contrato: sin pacto escrito no hay periodo de prueba.