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Trabajo

Solicitud de reincorporación tras excedencia

Respuesta corta

El reingreso tras una excedencia debe pedirse por escrito antes de que expire el periodo concedido; si no se solicita a tiempo, el derecho puede perderse. En la excedencia por cuidado de hijos hay reserva del mismo puesto durante el primer año (15 o 18 meses en familias numerosas o monoparentales) y la empresa está obligada a readmitir; en la excedencia voluntaria solo existe un derecho preferente al reingreso en vacantes de igual o similar categoría (artículo 46 del Estatuto de los Trabajadores).

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Modelo verificado y actualizado el 18 de agosto de 2026

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El final de una excedencia es un momento jurídicamente delicado: si el trabajador no pide el reingreso antes de que venza el plazo, la jurisprudencia entiende que decae su derecho y la relación puede darse por extinguida. Y la respuesta que dé la empresa (readmitir, dar largas, negar vacantes) determina si hay que demandar por despido en 20 días hábiles o reclamar el reingreso.

Este generador adapta la carta al tipo de excedencia: en la de cuidado de hijos o familiares invoca la reserva de puesto del artículo 46.3 del ET, que obliga a readmitir; en la voluntaria, el derecho preferente al reingreso del artículo 46.5, pidiendo expresamente información sobre vacantes para dejar viva la solicitud.

Si aún no ha pedido la excedencia, use la solicitud de excedencia por cuidado de hijos o la solicitud de excedencia voluntaria. Si la empresa le niega la vuelta con reserva de puesto, corren los 20 días de la papeleta de conciliación por despido.

Modelo de solicitud de reincorporación tras excedencia (texto completo)

Este es el texto íntegro del modelo genérico. Sustituya los datos entre corchetes por los suyos, o utilice el formulario guiado de esta página para obtener el documento ya personalizado en Word y PDF, con las variantes legales adaptadas a su caso.

[Nombre y apellidos] DNI/NIE: [DNI o NIE] [Domicilio a efectos de notificaciones]

[Nombre de la empresa] [A la atención de (opcional)] [Dirección] [Código postal y localidad]

En [Hecho en (localidad)], a [Fecha de hoy]

Asunto: Solicitud de reincorporación tras excedencia voluntaria

Burofax con certificación de contenido y acuse de recibo

Muy señores míos:

Quien suscribe, [Nombre y apellidos], con DNI/NIE [DNI o NIE], trabajador/a de esa empresa con la categoría de [Categoría o puesto que ocupaba], vengo disfrutando de una excedencia voluntaria (artículo 46.2 del Estatuto de los Trabajadores) iniciada el [Fecha de inicio de la excedencia] y con vencimiento el [Fecha de fin de la excedencia concedida].

Por medio de la presente, y dentro del plazo de vigencia de la excedencia, SOLICITO MI REINCORPORACIÓN al trabajo con efectos del [Fecha en la que solicita reincorporarse].

Recuerdo que, conforme al artículo 46.5 del Estatuto de los Trabajadores, conservo un derecho preferente al reingreso en las vacantes de igual o similar categoría a la mía que hubiera o se produjeran en la empresa. Solicito, en consecuencia, que se me comunique de forma expresa la existencia de vacantes y, de no haberlas en este momento, que se me mantenga informado/a de las que se produzcan, quedando esta solicitud vigente a todos los efectos.

Ruego me confirmen por escrito la fecha, el centro y el horario de reincorporación. En defecto de respuesta, me presentaré en mi centro de trabajo en la fecha indicada para reanudar la prestación de servicios, dejando constancia de ello.

Atentamente,

Firmado:

[Nombre y apellidos]

Reserva de puesto o derecho preferente: dos regímenes muy distintos

Todo depende del tipo de excedencia. En la de cuidado de hijos o familiares (artículo 46.3 ET) hay reserva del mismo puesto durante el primer año (15 meses en familia numerosa general, 18 en la especial y en monoparentales) y, después, de un puesto del mismo grupo profesional: la empresa debe readmitir en la fecha solicitada. En la voluntaria (artículos 46.2 y 46.5 ET) solo hay un derecho preferente al reingreso cuando exista vacante de igual o similar categoría: la empresa puede responder legítimamente que no hay vacante.

Consecuencias de la respuesta de la empresa
SituaciónReacción correcta del trabajador
Cuidado de hijos: la empresa niega el reingresoPapeleta y demanda por despido en 20 días hábiles (probable improcedencia o nulidad)
Voluntaria: la empresa niega la existencia de vacanteDemanda de reingreso (plazo de 1 año); la relación sigue viva en expectativa
Voluntaria: la empresa niega el vínculo o dice que ya no es trabajadorDemanda por despido en 20 días hábiles desde la negativa rotunda
Silencio de la empresaPresentarse a trabajar dejando constancia y reiterar por burofax; después, vía judicial según el caso

Cuándo pedir el reingreso: el plazo lo es todo

Pida el reingreso siempre antes de que expire la excedencia: muchos convenios exigen una antelación concreta (15 o 30 días) y su incumplimiento puede hacer decaer el derecho. La solicitud tardía en la excedencia voluntaria se ha interpretado por los tribunales como dimisión tácita. Use un medio con prueba de fecha y contenido: el burofax es la referencia, y la fecha de recepción por la empresa la que cuenta.

  • Revise la carta de concesión de la excedencia y el convenio: ahí suele estar el preaviso exigido.
  • En la excedencia por cuidado de hijos puede reincorporarse anticipadamente avisando con antelación razonable: el derecho es suyo, no de la empresa.
  • Conserve el acuse del burofax y cualquier respuesta: son la base de la eventual demanda.
  • Si la empresa ofrece un puesto de categoría inferior o en otra localidad sin justificación, no lo rechace de plano sin asesorarse: acepte «sin perjuicio» de reclamar o impugne, pero evite el abandono.

El truco de «no hay vacantes» en la excedencia voluntaria

La negativa por falta de vacante solo es válida si es cierta. La carga de probar que no existe vacante de igual o similar categoría recae sobre la empresa, y los tribunales examinan las contrataciones posteriores: si tras su solicitud la empresa contrata a alguien para funciones equivalentes (incluso mediante ETT o a tiempo parcial), la preferencia del excedente se ha vulnerado y la negativa se convierte en despido. Por eso esta carta pide expresamente que se le informe de las vacantes que se produzcan: deja la solicitud viva y a la empresa obligada.

Referencias legales y jurisprudencia

Estatuto de los Trabajadores: artículo 46.2 (excedencia voluntaria), 46.3 (cuidado de hijos y familiares) y 46.5 (derecho preferente al reingreso). Jurisprudencia: el excedente voluntario que solicita el reingreso en plazo mantiene viva la relación en expectativa; la negativa rotunda al vínculo abre el plazo de caducidad del despido, mientras que la mera falta de vacante permite reiterar la solicitud y demandar el reingreso (doctrina consolidada del Tribunal Supremo, entre otras, sentencias de 24 de enero de 2011 y 14 de octubre de 2021).

Preguntas frecuentes

¿Qué pasa si se me pasa el plazo para pedir el reingreso?

En la excedencia voluntaria, la solicitud fuera de plazo se ha considerado en muchos casos una dimisión tácita: el derecho preferente decae y la empresa puede dar por extinguida la relación. Aun así, no todo está perdido: si el retraso es breve y hay voluntad clara de reincorporarse, algunos tribunales han flexibilizado la regla. Envíe la solicitud inmediatamente por burofax y consulte a un laboralista. En la excedencia por cuidado de hijos, mientras no se agote el periodo máximo, puede reincorporarse avisando.

La empresa no contesta a mi solicitud de reingreso, ¿qué hago?

El silencio no le perjudica si usted actúa: preséntese en su centro de trabajo el día solicitado, deje constancia (testigos, correo el mismo día resumiendo lo ocurrido) y reitere la petición por burofax. Si tenía reserva de puesto y no le dejan trabajar, está ante un despido tácito: 20 días hábiles para la papeleta de conciliación. Si era voluntaria, la falta de respuesta equivale a una negativa por vacante y puede demandar el reingreso.

¿Puedo volver antes de agotar la excedencia?

En la excedencia por cuidado de hijos o familiares, sí: es un derecho del trabajador, que puede poner fin a la situación avisando con antelación razonable (o la que exija el convenio), porque la excedencia se concede en su interés. En la voluntaria, la reincorporación anticipada requiere el acuerdo de la empresa, ya que el plazo se pactó: la empresa puede aceptar la vuelta anticipada o mantener el término fijado.

¿Me pueden reincorporar en otro centro o con otro horario?

Con reserva de puesto (primer periodo de la excedencia por cuidado de hijos), la empresa debe devolverle su mismo puesto, con su horario y centro. Pasado ese periodo, la reserva es de un puesto del mismo grupo profesional o categoría equivalente: caben cambios de funciones o centro dentro de límites razonables y sin merma salarial de convenio. Un cambio sustancial e injustificado puede impugnarse como modificación sustancial de condiciones en 20 días hábiles.

¿La antigüedad y el salario se conservan al volver?

En la excedencia por cuidado de hijos, todo el periodo computa como antigüedad y debe volver con el salario y condiciones que le corresponderían de no haberse ido, incluidas las subidas de convenio. En la voluntaria, el periodo de excedencia no computa como antigüedad (salvo mejora de convenio), pero conserva la antigüedad ya consolidada al iniciarla; al reingresar se aplican las tablas salariales vigentes de su categoría.

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