Pedir una hipoteca, alquilar un piso, renovar una autorización de residencia o justificar la situación laboral ante un juzgado: en todos esos trámites aparece el mismo requisito, un certificado de empresa que acredite la antigüedad, el puesto y el tipo de contrato. No existe un formato oficial, pero sí un contenido que bancos y administraciones esperan encontrar, y un certificado incompleto obliga a repetir el trámite.
Este generador produce el certificado listo para firmar por la persona con capacidad de representación (recursos humanos, gerencia o administración): identificación completa de la empresa, fecha de alta que coincide con la vida laboral, puesto, modalidad contractual y, si el destinatario lo exige, el salario bruto anual. La finalidad puede indicarse o dejarse abierta «a los efectos oportunos».
Si lo que necesita es que la empresa se lo expida, puede reclamarlo por escrito con la solicitud de certificado de empresa. Y si el certificado acompaña a un contrato, tenga a mano el contrato de trabajo indefinido que documenta la relación.
Modelo de certificado de antigüedad laboral (texto completo)
Este es el texto íntegro del modelo genérico. Sustituya los datos entre corchetes por los suyos, o utilice el formulario guiado de esta página para obtener el documento ya personalizado en Word y PDF, con las variantes legales adaptadas a su caso.
[Denominación social de la empresa] CIF: [CIF/NIF] [Domicilio social]
A quien corresponda Ref.: [Nombre y apellidos del trabajador] (DNI/NIE [DNI/NIE])
En [Expedido en (localidad)], a [Fecha de hoy]
Asunto: Certificado de antigüedad laboral
[Persona que firma el certificado], en calidad de [Cargo del firmante] de [Denominación social de la empresa], con CIF [CIF/NIF] y domicilio social en [Domicilio social],
CERTIFICA:
PRIMERO. Que [Nombre y apellidos del trabajador], con DNI/NIE [DNI/NIE], presta servicios en esta empresa desde el [Fecha de alta en la empresa (antigüedad)], fecha que constituye su antigüedad reconocida, encontrándose de alta en el Régimen General de la Seguridad Social por cuenta de esta empresa.
SEGUNDO. Que desempeña el puesto de [Puesto o categoría profesional], en virtud de un contrato indefinido a jornada completa actualmente en vigor.
TERCERO. Que su retribución bruta anual asciende en la actualidad a [Salario bruto anual (euros)] euros, conforme al contrato de trabajo y al convenio colectivo de aplicación.
Se expide el presente certificado a petición de la persona interesada, para su presentación con la siguiente finalidad: [Finalidad del certificado (opcional)].
Y para que conste y surta los efectos que procedan, firmo el presente certificado en el lugar y la fecha indicados.
Firmado:
[Persona que firma el certificado], [Cargo del firmante]
Qué debe contener un certificado de antigüedad
El valor del certificado depende de que sus datos sean verificables. Quien lo recibe (banco, arrendador, Oficina de Extranjería) lo cruza casi siempre con el informe de vida laboral de la Seguridad Social, que el trabajador aporta en paralelo: cualquier discrepancia en la fecha de alta o en el tipo de contrato genera requerimientos y retrasos.
- Identificación de la empresa: denominación social, CIF y domicilio, más el nombre y cargo de quien firma.
- Identificación del trabajador: nombre completo y DNI/NIE, tal como figuran en el contrato.
- Fecha de alta: el dato que define la antigüedad; debe coincidir con la vida laboral.
- Puesto y tipo de contrato: categoría profesional y modalidad (indefinido, temporal, fijo-discontinuo, jornada completa o parcial).
- Salario (opcional): los bancos lo exigen casi siempre; otros destinatarios se conforman con la antigüedad.
Certificar datos falsos tiene consecuencias
Inflar el salario o adelantar la fecha de alta para ayudar a un trabajador a conseguir un préstamo o un alquiler puede constituir falsedad documental y generar responsabilidad frente al tercero que confió en el certificado. La empresa solo debe certificar lo que consta en sus registros laborales y en la Seguridad Social.
¿Está obligada la empresa a expedirlo?
Ninguna norma laboral regula expresamente este certificado (a diferencia del certificado de empresa para el SEPE, obligatorio al cesar la relación). Sin embargo, la negativa injustificada a expedirlo choca con la buena fe contractual que el artículo 20.2 del Estatuto de los Trabajadores impone a ambas partes: acreditar la antigüedad es una necesidad legítima del trabajador (financiación, vivienda, extranjería) que no supone coste ni perjuicio alguno para la empresa. En la práctica, todas las empresas lo expiden a simple petición, y los tribunales han considerado contraria a la buena fe la negativa caprichosa a documentar hechos que constan a la empresa.
El trabajador que se encuentre con una negativa puede reclamarlo por escrito dejando constancia (burofax o correo electrónico) y, en última instancia, acreditar la antigüedad por otros medios: informe de vida laboral, contrato de trabajo y nóminas. Para trámites de extranjería, la vida laboral y el contrato suelen admitirse como alternativa, aunque el certificado agiliza el expediente.
Usos habituales del certificado
| Destinatario | Qué suele exigir |
|---|---|
| Banco (hipoteca o préstamo) | Antigüedad, tipo de contrato y salario bruto anual; a menudo junto a las tres últimas nóminas. |
| Arrendador o agencia inmobiliaria | Antigüedad y tipo de contrato; el salario puede sustituirse por las nóminas. |
| Oficina de Extranjería | Antigüedad, puesto y jornada, coherentes con la vida laboral, para renovaciones y arraigos. |
| Juzgados y administraciones | Situación laboral vigente a una fecha determinada, con firma y sello de la empresa. |
Fecha de expedición reciente
La mayoría de los destinatarios solo aceptan certificados expedidos en los últimos 1 a 3 meses. Si el trámite se alarga, pida a la empresa que lo reexpida con fecha actual en lugar de reutilizar uno antiguo.
Preguntas frecuentes
¿Es lo mismo que el certificado de empresa del SEPE?
No. El certificado de empresa del SEPE es un documento obligatorio que la empresa remite telemáticamente al terminar la relación laboral, con las bases de cotización de los últimos 180 días, para que el trabajador pueda pedir el paro. El certificado de antigüedad es voluntario, se expide durante la relación laboral y sirve para acreditar la situación ante terceros (bancos, arrendadores, extranjería). Si necesita el del SEPE, utilice la solicitud de certificado de empresa.
¿Quién debe firmar el certificado dentro de la empresa?
Cualquier persona con capacidad para representar a la empresa en la gestión de personal: el administrador o gerente, el responsable de recursos humanos o un apoderado. Lo relevante es que el cargo conste junto a la firma y que la empresa quede identificada con su CIF. Un sello de empresa no es legalmente obligatorio, pero muchos destinatarios lo esperan y conviene añadirlo.
¿Puede la empresa negarse a expedir el certificado?
No hay una obligación legal expresa, pero la negativa injustificada es contraria a la buena fe contractual del artículo 20.2 del Estatuto de los Trabajadores, porque el trabajador tiene un interés legítimo y la expedición no cuesta nada a la empresa. Si se niega, reclame por escrito dejando constancia y acredite la antigüedad con el informe de vida laboral (se descarga al momento en la sede de la Seguridad Social), el contrato y las nóminas.
¿Debe constar el salario obligatoriamente?
No. El contenido lo decide la finalidad: los bancos exigen casi siempre el salario bruto anual, mientras que para un alquiler o un expediente de extranjería suele bastar la antigüedad y el tipo de contrato. Este generador permite incluirlo u omitirlo. Si lo incluye, indique la cifra bruta anual que resulta del contrato y el convenio, coherente con las nóminas que probablemente acompañarán al certificado.
¿Qué antigüedad debe certificarse si hubo varios contratos seguidos?
La fecha de alta que se certifica es la del inicio de la relación con la empresa. Si hubo contratos temporales encadenados sin interrupción significativa y luego conversión a indefinido, la antigüedad reconocida se remonta en general al primer contrato, como reconoce de forma constante la jurisprudencia social para los derechos vinculados a la antigüedad. Certifique la fecha que la empresa reconoce en nómina (apartado de antigüedad) y que consta en la Seguridad Social.